Cooperativismo

LA ECONOMIA SOLIDARIA
«Cuando los hombres se ven reunidos para algún fin, descubren que pueden alcanzar también otros fines cuya consecución depende de su mutua unión». Thomas Carlyl

DEFINICIÓN
Se ha dado en conocer como sector de la economía solidaria, al sistema socioeconómico, cultural y ambiental, conformado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias, solidarias, democráticas y humanas, sin ánimo de lucro para el desarrollo integral del ser humano como sujeto actor y fin de la economía.

PRINCIPIOS DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
Las organizaciones de la economía solidaria deberán cumplir con los siguientes principios económicos:

a) Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación la del remanente patrimonial.
b) Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real.

PRINCIPIOS ECONÓMICOS
Las organizaciones de la economía solidaria deberán cumplir con los siguientes principios económicos:

a) Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación la del remanente patrimonial.
b) Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real.

FINES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
Los fines de la economía solidaria son derroteros que sirven para afianzar un futuro y explotar al máximo las posibilidades que nos brinda el sector de la economía solidaria como respuesta a una compleja situación en que vive nuestra sociedad colombiana.

Igualmente estos fines justifican su existencia, complementan y apoyan los principios formulados anteriormente.

Los fines que caracterizan a la economía solidaria son:
a) Promover el desarrollo integral del ser humano.
b) Generar prácticas que consoliden un pensamiento solidario, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos.
c) Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.
d) Participar en el diseño de planes y programas de desarrollo económico y social.
e) Garantizar a sus miembros la participación, el trabajo, la propiedad, la gestión y la distribución equitativa de los beneficios sin discriminación alguna.

CARACTERÍSTICAS DE LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS
Dentro de sus características están:

a) Estar organizada como empresa que contemple en su objetivo social el ejercicio de una actividad socioeconómica tendiente a satisfacer las necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario.
b) Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la Ley 454 de 1998.
c) Tener incluido en sus estatutos la calidad de entidad sin ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario.
d) Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes.
e) Establecer en sus estatutos un monto mínimo de los aportes sociales no reducibles, debidamente pagados, durante su existencia.
f) Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano.

TIPOS DE ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA
Dentro de las organizaciones de economía solidaria están:

a) Precooperativas.
b) Cooperativas.
c) Instituciones Auxiliares de la Economía
Solidaria.
d) Fondos de Empleados.
e) Asociaciones Mutualistas.
f) Empresas solidarias de salud.
g) Empresas comunitarias que no tengan ánimo de lucro.
h) Organismos de segundo y tercer grado que integren cooperativas u otras formas asociativas y solidarias de propiedad.
i) Empresas comunitarias.
j) Empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas.
k) Empresas asociativas de trabajo.
Dada la importancia de estas entidades, a continuación presentamos la definición de algunas de ellas:

COOPERATIVAS
Es cooperativa la empresa asociativa sin ánimo de lucro, en la cual los trabajadores o los
usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.

PRECOOPERATIVAS
Se consideran precooperativas los grupos que, bajo la orientación y con el concurso de una entidad promotora, se organicen para realizar actividades permitidas a las cooperativas y, que por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa, o técnica, no estén en posibilidad inmediata de organizarse como cooperativas. A las precooperativas les serán aplicables, en lo pertinente, las disposiciones propias del tipo de cooperativas en las que posteriormente se organicen.

FONDOS DE EMPLEADOS
Los Fondos de Empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes, trabajadores asociados o por ervidores públicos, en el cual las personas se convierten simultáneamente en aportantes y gestores de su propia entidad, creada con el propósito de satisfacer necesidades comunes de sus asociados.

ASOCIACIONES MUTUALES
Las Asociaciones Mutuales son personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y democráticamente por personas naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades mediante la prestación de servicios de seguridad social.

INSTITUCIONES AUXILIARES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
Son personas jurídicas sin ánimo de lucro, constituidas bien sea por organizaciones de la
Economía Solidaria o por personas naturales, para realizar actividades orientadas al desarrollo del Sector Solidario.

ANTECEDENTES HISTORICOS DE LOS FONDOS DE EMPLEADOS
«En lo pasado está la historia del futuro» Juan Donoso Cortés

Al pretender establecer los antecedentes históricos de los fondos de empleados en nuestro país, necesariamente se tiene que hacer alusión a las conocidas natilleras de Antioquia como formas de organización producto de sus tradiciones sociales. Estas agrupaciones respondieron en su inicio al festejo de la fecha clásica de la navidad y su actividad no era otra que la de recaudar ahorros a través de todo el año, con el fin de satisfacer las necesidades personales de sus integrantes. Contaban con una forma de administración rudimentaria, sin parámetros técnicos puesto que sólo se trataba de organizar estos recursos para entregarlos a sus propietarios oportunamente y con algún incremento, producto de negociaciones simples como rifas, cuotas especiales, etc.

Es en la práctica difícil establecer un dato histórico exacto sobre el surgimiento de estas
natilleras, pero se puede sostener que son remotas puesto que las formas evolucionadas de las mismas se aprecian en las primeras décadas del siglo pasado. Es también en Antioquia en donde empiezan evolucionar estas formas asociativas, tomando características más asimilables a lo que hoy en días conocemos como fondos de empleados. Es así como en la primera década del siglo pasado, en diversas empresas, se constituyen asociaciones análogas que se van extendiendo hacia otros departamentos como Cundinamarca, Valle y Santander.
Aunque las natilleras no desaparecen en este proceso incipiente de evolución, si parecen nuevas connotaciones en los grupos que conforman las nuevas formas de organización; son a veces los trabajadores de las empresas los que se reúnen alrededor de sus propias necesidades y en la búsqueda de hallar soluciones correspondientes, y a veces son los empresarios directamente los interesados en la conformación de estas organizaciones, pues representan ventajas frente a situaciones concretas como las necesidades económicas de los trabajadores.

Ya con estas nuevas características las asociaciones son regladas de acuerdo con lo establecido en el Código Civil para las corporaciones y en estas condiciones, sin contar con una definición jurídica y administrativa propia, subsistieron por más de cincuenta años, hasta que en 1963 se asignó a la Superintendencia Nacional de Cooperativas su reconocimiento, inspección y vigilancia.
El periodo de surgimiento de los fondos de empleados se puede precisar a partir de 1938, con el otorgamiento de personerías jurídicas a diversos fondos, inicialmente por el Ministerio de Gobierno y posteriormente por el Ministerio de Justicia.

Es importante destacar el reconocimiento de importantes fondos precursores como FEBOR, Banco de Bogotá, Seguros Bolívar, Almaviva, Coltabaco, Grancolombiana y Banco de Comercio. La existencia de estas entidades ha sufrido los efectos positivos y negativos del entorno político, social y económico del país, sobresaliendo la circunstancia del lento desarrollo normativo.

En los inicios de la década de los 70 se registró un importante incremento en la constitución de fondos de empleados y como característica especial se observó su extensión a diversas zonas del país. Pese a ello, al finalizar la década, sufrieron una aguda crisis propiciada por la falta de una normatividad autónoma, por la asimilación constante de estas entidades a las cooperativas y por los consecuentes procesos de liquidación o transformación.

Desde 1980 el número de fondos de empleados ha crecido con un ritmo acelerado, la presencia de estas entidades se registra primordialmente en Cundinamarca, Antioquia, Valle, Santander y el Distrito Capital, pero también en los últimos años han tenido un desarrollo importante en otras zonas del país.

Cabe destacar la labor desarrollada por la Asociación Nacional de Fondos de Empleados -ANALFE-, creada en el año 1981, por cuya acción se logró la integración de los fondos de empleados y su empeño en obtener una normatividad propia.

Posteriormente se expide el Decreto Ley 1481 de 1989, con base en las facultades otorgadas en la Ley 79 de 1988, constituyéndose en la norma básica aplicable a los Fondos de Empleados. El 6 de agosto de 1998, entra en vigencia la Ley 454 de 1998, que reguló la Economía Solidaria en Colombia, complementando y ampliando el marco legal aplicable a la actividad de los fondos de empleados en nuestro país.
En julio 1 de 2010, entra en vigencia la Ley 1391 de 2010, la cual modifica el Decreto Ley 1481 de 1989 y dictan otras disposiciones. El objeto de esta Ley es reformar la norma rectora de los Fondos de Empleados para adecuarlos a las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que determinan el quehacer de estas empresas solidarias.

Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democráticamente controlada.

En Colombia…
Desde el gobierno de Enrique Olaya Herrera (1930-1934) el estado reconoció y reguló en sus ordenamientos jurídicos internos, la forma en que las colectividades gestionaban sus intereses. Recientemente, la Ley 78 de 1989 y la Ley 454 de 1998, contiene las normas legales que regulan estas asociaciones de derecho privado en Colombia, en donde han tenido especial desarrollo, las cooperativas de transportadores, las cooperativas de trabajo asociado y las administraciones públicas cooperativas.

Una fecha…
En 1844, se organizó una de las primeras experiencias cooperativas con la cooperativa de consumo Sociedad Equitativa de los Pioneros de Rochdale, le siguieron países como Francia, España y el resto de Europa.

Algunos nombres para recordar…
Primeros pensadores como el inglés Robert Owen, el Francés Charles Fourier y el Alemán Friedrich Wilhem Raiffeisen, hacían una crítica en la que proponían que la solución de problemas sociales se puede lograr a través de la cooperación entre los individuos.

Un símbolo…
La primera bandera del movimiento cooperativo estaba representada por los 7 colores del arco iris, que simbolizaba al mismo tiempo la diversidad y la esperanza. El color rojo representaba el fuego y el amor que une a las personas; el naranja representa un amanecer glorioso; el amarillo por el color del sol da luz, calor y vida; el verde representaba la esperanza; el azul celeste figuraba como reflejo de la ilusión; el Azul Aguamarina el valor que nos impulsa a buscar nuevas rutas; y finalmente el Violeta significaba la humildad y la virtud.
Posteriormente, en el Congreso de la Alianza Cooperativa Internacional de 1995, se decidió cambiar la clásica bandera del cooperativismo por una bandera de fondo blanco con un arco iris que se rompe para convertirse en palomas en pleno vuelo.

Ayuda Mutua: Cooperación entre los afilados para lograr las metas individuales o colectivas propuestas.

Responsabilidad: Cumplimiento de los compromisos adquiridos y la obligación de responder por los propios actos.

Democracia: Participación activa de los afiliados a través de sus representantes, en la toma de decisiones en asambleas generales, en órganos sociales o en otros espacios de poder para mantener así el control de la cooperativa.

Igualdad: Ofrecer el mismo trato y condiciones de desarrollo a cada asociado sin discriminación alguna.

Equidad: Noción de justicia de dar a cada cual lo que se merece o ha ganado según sea su grado de participación o aporte y reconociendo sus condiciones y características especiales. Es decir, tomando en cuenta la diferencia.

Solidaridad: Adhesión libre y voluntaria a una causa, creando una relación humana de mutuo apoyo.
Honestidad: Honradez, dignidad y decencia en la conducta de los afiliados

Transparencia: La información es administrada entre afiliados y dirigentes de manera clara, veraz y oportuna, con base en la confianza, la comunicación y la franqueza.

Responsabilidad Social: Se vincula al compromiso con el desarrollo de la comunidad.

Preocupación por los Demás hasta no lograr el bienestar material y espiritual de las personas que le rodean: Es el verdadero espíritu cooperativo.

Primer Principio “Membresía abierta y voluntaria”

Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.

Segundo Principio “Control democrático de los miembros”

Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa responden ante los miembros. En las cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.

Tercer Principio “La participación económica de los miembros”

Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de membresía.
Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía.

Cuarto Principio “Autonomía e independencia”

Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.

Quinto Principio “Educación, formación e información”

Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general -particularmente a jóvenes y creadores de opinión- acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.

Sexto Principio “Cooperación entre cooperativas”

Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.

Séptimo Principio “Compromiso con la comunidad”

La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros.

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